DERECHOS ADQUIRIDOS
En relación con los derechos adquiridos
analizaremos diferentes
definiciones adoptadas por la
jurisprudencia y la doctrina:
La sentencia del Consejo de
Estado, de junio 6 de 1996, establece:
Los derechos adquiridos que,
de acuerdo con la doctrina,
son aquellos que han ingresado
al patrimonio del titular del
derecho. Derecho adquirido
puede invocarse respecto de
aquellos derechos laborales
que el funcionario ha consolidado
durante su vínculo
laboral.
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